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ARBA duplicó el límite y elevó a $500 millones el monto a partir del cual las empresas actúan como agentes de recaudación

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires duplicó el monto de facturación a partir del cual las empresas tienen la obligación de actuar como agentes de percepción y retención del fisco.

Según se publica hoy en el Boletín Oficial, la actualización de estos valores prevé que las empresas que hubieran obtenido “durante el año calendario 2022 ingresos totales operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $500 millones deberán actuar como agentes de recaudación del régimen general”. Aunque para los contribuyentes que declaran como actividad principal “el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo”, la normativa elevó el piso de facturación anual a $750 millones.

El director de ARBACristian Girard, explicó que “adoptamos una nueva medida que beneficiará a más de 1.470 empresas bonaerenses que verán reducida su carga administrativa”, y destacó que “esta lógica de trabajo se implementó desde el inicio de la gestión del gobernador Axel Kicillof”.

Desde 2020 hasta la fecha, incrementamos cuatro veces el límite de facturación para actuar como agentes de recaudación”, señaló Girard, y detalló que “la primera vez, antes del comienzo de la pandemia se elevó un 175%; en 2021 un 36% más; el año pasado agregamos un 66%; y ahora un 100%.  En total, las PyMES favorecidas son unas 8.300 que quedaron eximidas de esta obligación fiscal”.

El titular de ARBA, explicó que esta medida tiene un “doble impacto positivo en el tejido productivo provincial”, ya que, además de quitar peso administrativo a las empresas reduce la cantidad de operaciones alcanzadas por retenciones y percepciones de Ingresos Brutos a otros contribuyentes, “disminuyendo significativamente la acumulación de saldos a favor y favoreciendo el desahogo financiero del sector productivo”.

Las empresas que actúan como agentes de recaudación del impuesto a los Ingresos Brutos tienen la obligación de retener o percibir dinero de los contribuyentes como pago a cuenta de ese tributo para luego depositarlo a la orden del fisco.

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